Asociación de Técnicos Superiores  (ASTECSUP)

REQUISITOS EXIGIDOS y PROCEDIMIENTO para obtener el
CERTIFICADO de EQUIVALENCIA avalado por ASTECSUP

RECORDATORIO IMPORTANTE:
Tal como se desprende del texto legislativo y de la información proporcionada por el Ministerio de Educación y Ciencia: NO ES NECESARIO NINGÚN DOCUMENTO que acredite individualmente la equivalencia de títulos oficiales del mismo nivel y anteriores al de Técnico Superior.

No obstante, la Asociación de Técnicos Superiores (ASTECSUP) puede extender un CERTIFICADO de EQUIVALENCIA que acredite delante de terceros (empresas, agencias de colocación, entidades públicas o privadas, etc.) dicha EQUIVALENCIA, pues es de todos bien sabido que estos entes no siempre estan dispuestos a admitir de entrada lo que el propio interesado les explique, por más que sea de Ley. Siempre será mejor y más rápido contar con un documento que aporte la legislación en que se basa la pretendida equivalencia y que además esté expedido y avalado por una entidad de prestigio.

También debe tenerse en cuenta que el Certificado, además de su función explicativa ante terceros y debido a su esmerado diseño y presentación, puede constituir para su poseedor un legítimo motivo de orgullo y digno exponente del nivel técnico alcanzado.


 REQUISITOS EXIGIDOS y PROCEDIMIENTO de SOLICITUD:
1.- El interesado en solicitarlo debe estar en posesión de alguno de los títulos suceptibles de ser considerados equivalentes (Maestro Industrial, Técnico Especialista, Bachiller Laboral, Graduado en Cerámica, Graduado en Artes Aplicadas, etc.)
2.- Ser socio de número de la Asociación de Técnicos Superiores y hallarse al corriente de pago de todas las cuotas vencidas hasta el día de la fecha de solicitud del Certificado.
3.- Obrar en poder de la Asociación las fotocopias AUTENTICADAS NOTARIALMENTE del título requerido para ser socio de número de la misma y del D.N.I. del interesado o enviarlas al mismo tiempo.
4.- Haber satisfecho los gastos de expedición del Certificado.      
(precio vigente: 40 euros)
5.- Solicitar el Certificado mediante el FORMULARIO al efecto:   
 FORMULARIO DE SOLICITUD

6.- Una vez recibido telemáticamente el formulario, Secretaría iniciará el procemiento de expedición presentando el expediente en la siguiente reunión de la Junta Directiva para su valoración y aprobación, siendo la denegación altamente improbable ya que para ser admitido como socio de número de la Asociación es necesario el envio de la documentación fehaciente que se exige para el trámite de solicitud del Certificado.
7.- El Certificado o carta de denegación se enviará al solicitante por CORREO CERTIFICADO dentro de los tres meses siguientes a la fecha de solicitud.

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info@astecsup.org